La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó que mantiene abierta una investigación penal contra María Amparo Casar, actual presidenta de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), por el presunto delito de uso ilícito de atribuciones en relación con el cobro de una pensión vitalicia otorgada por Petróleos Mexicanos (Pemex) tras la muerte de su esposo en 2004. Según la dependencia federal, la causa penal fue judicializada desde septiembre de 2025, desmintiendo versiones que señalaron que se trataba de una acción reciente.
La FGR informó que el caso se analiza conforme a derecho, sin sesgos ajenos al marco jurídico, y en respuesta a señalamientos que acusan supuestas motivaciones políticas en el proceso.
El caso se remonta al fallecimiento de César Márquez Padilla, quien murió el 7 de octubre de 2004 tras caer del piso 12 del edificio A de la sede central de Pemex, poco después de haber ingresado a laborar en la empresa. El dictamen oficial de la entonces Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) clasificó la muerte como suicidio.
Doce días después, se solicitó el pago de la pensión post mortem, y en enero de 2005 María Amparo Casar comenzó a recibir dicha prestación. Sin embargo, en 2024 Pemex suspendió los pagos y el caso llegó a tribunales, donde un juez ordenó reactivar la pensión de forma provisional mientras no hubiera resolución firme en contra. Esto dio lugar a procesos civiles, administrativos y actualmente penales.
La FGR señala que Casar —y, en algunos reportes, también dos de sus hijos— podrían haber gestionado trámites irregulares para obtener o conservar el pago. La investigación judicial incluye audiencias de imputación, y Casar fue citada en el Reclusorio Oriente. El caso se ha desarrollado en paralelo a un contexto de tensión entre el Gobierno federal y organizaciones críticas como MCCI, lo que ha generado denuncias de presunta persecución política.
En el ámbito legal, el proceso continúa en diferentes frentes: laboral, administrativo y penal. El desenlace dependerá de las pruebas documentales, administrativas y periciales que presenten las partes ante la autoridad judicial correspondiente.






