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Delitos sexuales contra menores de edad ya no prescribirán

Un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que los delitos sexuales cometidos contra menores de edad en México ya no tendrán tiempo de prescripción.

La reforma al Código Penal Federal implica que las personas que cometan estos delitos podrán ser perseguidas y procesadas sin importar cuánto tiempo haya pasado desde el hecho hasta la denuncia.

La reforma, que entró en vigor el 19 de octubre, se aplica a 10 artículos del Código Penal Federal y establece que los delitos indicados en estos artículos en contra de personas menores de 18 años no prescribirán para el ejercicio de la acción penal y sus sanciones.

Entre los delitos que ya no prescriben se encuentran la exposición, oferta, comercio o distribución de contenido pornográfico a menores, la corrupción de menores, la pornografía infantil, el turismo sexual y actos sexuales con menores aprovechando una relación de confianza, entre otros.

La reforma también incluye como imprescriptibles los delitos de abuso sexual en contra de una persona menor de 18 años, la realización de cópula con engaño a una persona mayor de 15 años y menor de 18 años, y la realización de cópula o introducción de objetos a una persona menor de 18 años.

Estos cambios legales buscan garantizar una mayor protección a los menores de edad y asegurar que quienes cometan delitos sexuales contra ellos sean perseguidos y procesados sin importar el tiempo transcurrido.

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