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Golpe a donatarias: SAT aclara revocación a 270 asociaciones civiles y rechaza móvil político

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró la situación de 270 asociaciones civiles —entre las que destacan el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), Mexicanos Primero y México Evalúa— que perdieron su autorización para recibir donativos deducibles de impuestos tras una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Falta de acreditación científica: La razón técnica

De acuerdo con la autoridad fiscal, la revocación no responde a un móvil político, sino al incumplimiento de requisitos técnicos. Específicamente, las organizaciones señaladas no presentaron el documento que acredite que sus investigaciones son de carácter científico, una condición obligatoria según la nueva Ley de Ciencia y la Ley del ISR.

“El SAT es una institución técnica, no política. No vemos razones sociales, no vemos socios”, afirmó Gari Flores Hernández, administrador general de Recaudación, al ser cuestionado sobre posibles sesgos en la medida.

¿Qué implica esta revocación para las asociaciones?

Es importante precisar que esta medida no prohíbe que las agrupaciones sigan recibiendo financiamiento. Sin embargo, de momento, los donantes (personas físicas o morales) no podrán deducir estas aportaciones de su pago de impuestos ante el fisco mexicano.

Para recuperar el estatus de donataria autorizada, las organizaciones deben cumplir con dos requisitos:

  1. Escritura constitutiva: Que el objeto social corresponda estrictamente a lo establecido en la ley.
  2. Aval gubernamental: Un documento emitido por una institución del Gobierno que valide que realizan las actividades para las cuales fueron autorizadas.

Derecho de audiencia y plazos

El organismo informó que todas las asociaciones afectadas tuvieron acceso a un derecho de audiencia para subsanar irregularidades. La revocación final ocurrió debido a que no cumplieron con los requisitos en los plazos legales otorgados.

No obstante, el SAT puntualizó que el proceso no es definitivo: una vez que las organizaciones acrediten el carácter científico de su labor, podrán solicitar nuevamente la autorización. En trámites donde la ley no especifica un plazo, la autoridad tiene un máximo de tres meses para resolver la petición.

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