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¿Usos y costumbres o delito? La ley que encarcela a quienes obliguen a niñas a vivir en pareja

Chiapas ha marcado un precedente jurídico que impacta en todo el sur del país: la tipificación de la cohabitación forzada de menores como un delito grave. Con penas de hasta 15 años de prisión, esta reforma busca frenar las uniones infantiles que, históricamente, se han ocultado tras el argumento de los “usos y costumbres”.

La reforma chiapaneca pone sobre la mesa una pregunta necesaria para los legisladores locales: ¿Cómo proteger a las menores sin vulnerar la autonomía indígena?

Penas severas: Hasta 15 años de cárcel

La iniciativa, aprobada por una mayoría aplastante en Chiapas, establece que cualquier persona que obligue, induzca o gestione la unión de un menor de 18 años enfrentará la justicia. Las sanciones no solo incluyen la cárcel, sino también multas de hasta 2 mil 500 días de salario mínimo.

Un punto clave que Morelos podría observar es el agravante en las penas cuando la víctima pertenece a comunidades indígenas o grupos afromexicanos, buscando proteger a quienes se encuentran en mayor vulnerabilidad estructural.

El fin de las “uniones informales”

Aunque el matrimonio infantil ya estaba prohibido, el vacío legal permitía las “uniones de hecho” o informales. La diputada promotora de la ley, Rosa Linda López Sánchez, enfatizó que el propósito es erradicar prácticas que “arrebatan la infancia y aumentan la violencia doméstica”.

Colectivos defensores de los derechos de la mujer han señalado anteriormente que el embarazo adolescente sigue siendo un reto en zonas rurales. Casos críticos, como el de una niña tzotzil de 14 años en San Cristóbal de las Casas que puso en riesgo su vida por un embarazo de alto riesgo, fueron el detonante para que esta ley fuera una realidad.

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