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SCJN se pronuncia sobre gramaje permitido de marihuana

AP

Los ministros de la Primera Sala consideraron contrario a la Constitución castigar penalmente a quien posea más de 5 gramos para consumo recreativo del cannabis y establecieron que solo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.

Este criterio deriva de un amparo promovido por una persona que fue vinculada a proceso penal por el delito mencionado, bajo la hipótesis de posesión simple de marihuana. Inconforme con esta decisión, promovió una demanda de amparo indirecto en la que afirmó ser consumidor de dicho narcótico, reclamó la inconstitucionalidad de los artículos analizados y solicitó la aplicación en su favor de los criterios emitidos por la Suprema Corte en materia de uso lúdico de estupefaciente referido.

En su sentencia, la Primera Sala consideró que la porción normativa analizada no atiende las circunstancias reales del uso o consumo personal. Por el contrario, frente al supuesto de uso o consumo personal, dicha porción normativa ocasiona una afectación injustificada e irrazonable a los derechos de salud e integridad personal, privacidad y libre desarrollo de la personalidad, añadió.

La Primera Sala concluyó que la regulación normativa penal que no permite reconocer el uso o consumo de cannabis sativa para uso personal como supuesto de exclusión del delito es inconstitucional pues tanto el operador jurídico como el destinatario de la norma se encuentran en imposibilidad de ponderar cuando no hay delito ante tal supuesto.

La Primera Sala precisó que esta decisión no implica la legalización de narcóticos, como tampoco la eliminación de la conducta delictiva de posesión simple de narcóticos prevista en el artículo 477 de la Ley General de Salud ni la despenalización de determinados estupefacientes o psicotrópicos como objetos del delito, como tampoco de la Tabla inserta en el artículo 479 para este y otros supuestos penalmente relevantes, sino solo de la porción normativa destacada previamente y respecto al narcótico denominado marihuana, por el que se vinculó a proceso al recurrente.

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