Con 26 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones, este jueves el Poder Legisltivo de Jalisco aprobó el matrimonio igualitario. La modificación parlamentaria al decreto 3.7 del orden estableció que el Artículo 258 señala:
El matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual dos personas deciden de manera libre para realizar la comunidad de vida, para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones.
Además, el dictamen establece que para contraer matrimonio, ambas personas necesitan contar con 18 años de edad o más, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Se prohiben terapias de conversión
El Poder Legislativo de Jalisco prohibió las terapias de conversión y con ello la imposición de una multa a quienes obliguen a tomarlas.
Los diputados votaron para que en México “se investigue debidamente las terapias de conversión, así como las amenazas y violaciones correctivas en contra de personas lesbianas, bisexuales, trans, entre otros.