A partir de septiembre, los usuarios de vehículos de micromovilidad, incluidos scooters, bicimotos y ciertas bicicletas eléctricas, deberán cumplir con nuevos lineamientos regulatorios en la Ciudad de México. De no contar con placas, licencia de conducir y seguro, los conductores serán acreedores a multas.
La jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, y el titular de la Secretaría de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, informaron que esta medida busca poner orden en este tipo de transporte mediante reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
Calendario de implementación
La administración capitalina estableció un calendario gradual para la entrada en vigor de estas normas:
- Julio: Entrada en vigor de las reformas.
- Julio y agosto: Periodo de socialización, registro y adaptación para los usuarios.
- Septiembre: Inicio formal de la aplicación de sanciones y multas.
¿Qué vehículos entran en la regulación?
Las medidas aplican para los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), una categoría que equipara a estas unidades con las motocicletas debido a sus características técnicas. Se considerarán dentro de esta categoría aquellas unidades que cumplan con los siguientes criterios:
- Velocidad: Superior a los 25 kilómetros por hora.
- Aceleración: Cuentan con acelerador independiente (pueden avanzar sin necesidad de pedalear).
- Potencia: Motores en un rango aproximado de 250 watts hasta 1 kilowatt.
- Peso: Desde menos de 35 kilogramos hasta 350 kilogramos.
Las bicicletas eléctricas de pedaleo asistido que circulen a una velocidad menor o igual a 25 kilómetros por hora y tengan una potencia menor, quedan fuera de esta regulación y podrán seguir operando bajo un esquema similar al de una bicicleta convencional.
Requisitos y obligaciones
Los usuarios de los vehículos VEMEPE deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
- Portar placas y tarjeta de circulación.
- Contar con licencia de conducir.
- Contratar un seguro de responsabilidad civil.
- Uso obligatorio de casco.
- Mantener las luces encendidas al circular.
Restricciones de circulación
Además de los requisitos documentales, las autoridades establecieron límites claros para la circulación de estos vehículos motorizados:
- No podrán transitar por ciclovías, banquetas ni carriles confinados.
- Tienen restringido el paso en vías rápidas o de acceso controlado.
- Deberán respetar las normas generales de tránsito, como la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol.






