Las plataformas digitales como Uber, Didi, Rappi y Cabify ofrecen oportunidades laborales a personas desempleadas, trabajadores en busca de ingresos adicionales o quienes prefieren laborar como repartidores o conductores independientes.
Sin embargo, la relación entre las plataformas y sus colaboradores no es de tipo patronal, lo que implica que estos socios no reciben las prestaciones obligatorias de un empleo formal.
En términos fiscales, los trabajadores de estas plataformas deben pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El SAT permite que las plataformas retengan 2.1% de ISR e 8% de IVA del ingreso mensual de los conductores.
Sin embargo, si el socio no proporciona sus datos fiscales, las retenciones se incrementan al 20% de ISR y 16% de IVA. Los colaboradores deben registrarse en el RFC para cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar sanciones.
Para acceder a servicios médicos y prestaciones, los trabajadores pueden afiliarse al IMSS mediante la Modalidad 10, destinada a quienes laboran de forma independiente. Esta opción les ofrece acceso a salud, fondo de retiro, pensiones e Infonavit, aunque los pagos se ajustan al nivel de ingresos declarado.
Otra alternativa es contratar seguros privados específicos, como los ofrecidos por Axa para conductores de Uber, aunque las aseguradoras a veces encarecen o niegan coberturas debido a los riesgos de esta actividad.






