Detectar posibles errores y revisar bien las deducciones son algunas ventajas de presentar con anticipación la declaración anual para personas morales. Sin embargo, por no presentarla, puedes ser acreedor a una sanción económica.
En México, este informe que hacen las empresas sobre sus ingresos y egresos del ejercicio fiscal anterior (lo que ocurrió en el año anterior) se presenta al Sistema de Administración Tributaria (SAT) durante enero a marzo del año posterior del ejercicio fiscal finalizado en diciembre, siendo la fecha límite el 31 de marzo.
Sin embargo, es recurrente que las personas que se encargan de la contabilidad trabajen a tope este mes para intentar poner en orden la situación fiscal de la empresa y que no exista algún error en la información que van a presentar al SAT.
Ante ello, expertos en el área fiscal recordaron que, si bien es un proceso que toma tiempo y las equivocaciones son muy comunes, tener la documentación ordenada y bien clasificada, así como la asesoría de un experto, te ayudará eneste proceso.
Es importante no olvidar que la declaración anual es un resumen, pero se deben preparar y mantener las cuentas completas.
Sin embargo, la contabilidad no se puede hacer en el último momento, pues hay que recopilar todo documento que ayude a sustentar los gastos realizados.
Por su parte, las personas físicas pueden presentar su declaración anual hasta el 30 de abril de 2022.
Requisitos para tu declaración
Para realizar la declaración anual 2022, además de contar con la información correspondiente (montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, etcétera), se necesita el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseña del SAT y la firma electrónica, también llamada e.firma
El SAT recordó a los contribuyentes que para realizar este trámite es indispensable tener RFC y contraseña o, en su caso, la firma digital vigente, la cual se puede renovar en línea si tiene menos de un año de vencimiento.
Por su parte, Basham, Ringe y Correa S.C, firma legal de servicios integrales con experiencia en la práctica fiscal, confirmó que sin la firma digital vigente, no podrás cambiar de representante legal, vía remota, en caso de que lo requieras.
Además, para pagar por transferencia electrónica a través del banco es necesario contar con una cuenta con servicio de banca electrónica.
¿Cuáles son los pasos?
Primero, los contribuyentes deben tener al corriente los informes financieros más comunes (estado de resultados, balance general, estado de costos, conciliación contable fiscal y, principalmente, el cálculo del Impuesto Sobre la Renta), los cuales cotejará el SAT con los pagos que hizo la empresa cada mes.
Los pagos provisionales se deben hacer antes del día 17 de cada período, independientemente si al final del ciclo fiscal resulta un impuesto a cargo o un saldo a favor; en caso de no haber presentado los pagos cada mes, no se pueden hacer enmiendas.
El SAT puede solicitar comprobaciones de tus gastos, por lo que es importante que tengas un estricto registro de la situación de sus cuentas. Recuerda que los gastos se clasifican en: los no son deducibles, los que no reúnen requisitos fiscales y los que no tienen efectos fiscales.
Las empresas tendrán un máximo de cinco años para aprovechar sus saldos a favor, y ante una pérdida fiscal, es decir, cuando una empresa tuvo ingresos inferiores a los gastos en un ejercicio, la empresa podrá disminuirla (amortizarla), pero hasta 10 ejercicios posteriores.
Los especialistas sugieren llevar un registro, clasificando por montos y fechas, para acreditar cuánto has pagado de impuestos, al tiempo de aprovechar cualquier estímulo fiscal que depende del giro de la industria.
Para facilitar los trámites, el SAT amplió su horario de atención en las oficinas, el cual será del lunes 7 al viernes 11 de marzo y del martes 22 al viernes 25 de marzo de 9:00 a 17:00 horas.






