La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado mexicano por su responsabilidad internacional en la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl de 73 años, ocurrida el 25 de febrero de 2007 en Tetlalzinga, Veracruz. En su sentencia emitida el 16 de diciembre de 2025, la Corte determinó que la agresión fue cometida por elementos del Ejército mexicano, un día después de que se instalara un campamento militar cerca de la vivienda de la víctima, en el contexto de operaciones contra el narcotráfico.
El tribunal concluyó que la agresión sexual sufrida por Ernestina Ascencio constituyó un acto de tortura, al considerar que fue intencional, causó dolor físico y psicológico severo, y se realizó con fines de intimidación y humillación. Además, se indicó que las lesiones sufridas, sumadas a la falta de atención médica oportuna y adecuada, derivaron en su fallecimiento el 26 de febrero de 2007, en el Hospital Regional de Río Blanco. La Corte señaló que la víctima no recibió atención médica en su lengua materna, ya que el hospital no contaba con intérpretes de náhuatl.
La sentencia también estableció que México no garantizó una investigación adecuada, ya que esta se cerró prematuramente y no integró enfoques de género, edad ni pertenencia étnica. La Corte IDH afirmó que las versiones oficiales mostraron estereotipos y generaron desconfianza hacia las declaraciones de la víctima y su familia. Como parte de las medidas de reparación, el Estado mexicano deberá realizar una investigación penal completa, fortalecer servicios de salud en la región y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sectores de justicia y salud.






